Incluir préstamos bancarios y financieras en Acuerdo Extrajudicial de Pagos

No eres el único que se ha sentido desbordado al recibir reclamaciones de deudas bancarias que no puedes pagar. Incluir préstamos bancarios y financieras en Acuerdo Extrajudicial de Pagos es una de las principales dudas que me plantean los clientes en mi despacho. Te explico qué puedes hacer legalmente para cancelar estas deudas, cómo proteger tu patrimonio y qué opciones tienes según tu situación particular.

¿Qué significa incorporar deudas bancarias en un AEP?

Cuando hablamos de integrar obligaciones con entidades financieras en un Acuerdo Extrajudicial, nos referimos a un mecanismo legal que permite negociar simultáneamente con todos tus acreedores, incluidos bancos y financieras. Este procedimiento forma parte de la Ley de Segunda Oportunidad y constituye un paso previo al concurso de acreedores para personas físicas.

En mi experiencia como abogado especializado, he comprobado que muchos deudores desconocen que pueden incluir todo tipo de préstamos en un AEP, desde hipotecas hasta tarjetas de crédito, créditos personales o deudas con financieras. Esto supone una ventaja crucial para quienes se encuentran en situación de insolvencia.

Tipos de deudas bancarias que pueden incluirse en un AEP

La legislación española permite incorporar prácticamente todas las deudas con entidades financieras. Aquí tienes una lista detallada:

  • Préstamos hipotecarios (con matices sobre la vivienda habitual)
  • Préstamos personales
  • Líneas de crédito
  • Tarjetas de crédito
  • Descubiertos en cuenta
  • Préstamos al consumo
  • Deudas con financieras privadas
  • Avales ejecutados

Lo verdaderamente importante es entender que el AEP permite negociar conjuntamente con todas las entidades financieras, evitando tener que llegar a acuerdos individuales que, en la práctica, resultan casi imposibles de conseguir cuando la situación económica es complicada.

Ventajas de incluir préstamos bancarios en el Acuerdo Extrajudicial

Cuando decides incorporar tus deudas con bancos en un procedimiento de AEP, obtienes importantes beneficios:

Paralización de intereses y ejecuciones

Una vez iniciado el procedimiento, se produce la paralización del devengo de intereses sobre tus deudas. Además, se suspenden temporalmente las ejecuciones hipotecarias y embargos en curso, lo que te da un respiro fundamental para reorganizar tu situación financiera.

Negociación desde una posición más favorable

El AEP coloca a todos los acreedores en una mesa de negociación común, lo que equilibra las fuerzas. Las entidades financieras suelen ser más flexibles cuando comprenden que existe un procedimiento legal en marcha y que la alternativa podría ser no cobrar nada si se llega a un concurso de acreedores.

Posibilidad de quitas y esperas

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A través del Acuerdo Extrajudicial con entidades bancarias puedes conseguir:

  • Reducciones significativas del capital (quitas)
  • Ampliación de plazos de pago (esperas)
  • Eliminación parcial o total de intereses
  • Conversión de deuda en préstamos a largo plazo

Procedimiento para incluir deudas bancarias en un AEP

El proceso para incorporar préstamos financieros en un Acuerdo Extrajudicial sigue estos pasos:

  1. Solicitud ante notario, Registro Mercantil o Cámara de Comercio
  2. Nombramiento de un mediador concursal
  3. Elaboración de un inventario de bienes y lista de acreedores
  4. Propuesta de acuerdo con condiciones de pago
  5. Convocatoria a los acreedores (incluidos bancos y financieras)
  6. Votación del acuerdo

Si el acuerdo es aprobado, las entidades financieras quedan vinculadas a las nuevas condiciones. Si no se logra el acuerdo, se abre la vía del concurso consecutivo, que puede llevar a la exoneración del pasivo insatisfecho (cancelación total de deudas).

Limitaciones al incluir préstamos bancarios en un AEP

Es importante conocer que existen algunas restricciones cuando se trata de integrar créditos bancarios en un Acuerdo Extrajudicial:

Caso especial de la vivienda habitual

Si tienes una hipoteca sobre tu vivienda habitual, el acreedor hipotecario (banco) puede decidir no participar en el AEP respecto a ese crédito específico. Sin embargo, esto no impide que puedas negociar el resto de tus deudas con esa misma entidad.

Créditos privilegiados

Los préstamos con garantías reales (como hipotecas) tienen un tratamiento especial y sus titulares pueden decidir no verse afectados por el acuerdo en la parte cubierta por la garantía. Esto está regulado en el artículo 231 y siguientes de la Ley Concursal.

Tipo de deuda bancaria ¿Se puede incluir en AEP? Observaciones
Préstamos personales Sí, completamente Sin restricciones
Tarjetas de crédito Sí, completamente Sin restricciones
Hipoteca vivienda habitual Sí, con limitaciones El acreedor puede optar por no participar
Préstamos con garantía real Sí, con limitaciones Afecta solo a la parte no cubierta por la garantía

Estrategias efectivas para negociar con bancos en un AEP

Después de años asesorando a clientes, he desarrollado algunas estrategias clave para negociar eficazmente con entidades financieras en un Acuerdo Extrajudicial:

  • Preparar un plan de pagos realista basado en tu capacidad económica real
  • Documentar exhaustivamente tu situación de insolvencia
  • Priorizar la conservación de la vivienda habitual si es posible
  • Ofrecer pagos garantizados aunque sean menores
  • Contar con asesoramiento legal especializado

La clave está en demostrar buena fe y voluntad de pago dentro de tus posibilidades reales. Los bancos suelen preferir un acuerdo parcial a un concurso donde podrían no recuperar nada.

Preguntas frecuentes sobre la inclusión de deudas bancarias en AEP

¿Puedo incluir préstamos bancarios en un AEP si ya tengo un proceso de ejecución hipotecaria?

Sí, es posible incorporar deudas con ejecuciones en curso al Acuerdo Extrajudicial. De hecho, una de las ventajas del AEP es que, una vez iniciado, se paralizan temporalmente las ejecuciones sobre bienes necesarios para tu actividad. Sin embargo, si la ejecución afecta a tu vivienda habitual, el acreedor hipotecario puede decidir continuar con ella al margen del AEP.

¿Qué ocurre con los avalistas de mis préstamos si incluyo las deudas bancarias en un AEP?

Los avalistas pueden verse afectados cuando incorporas préstamos avalados en un Acuerdo Extrajudicial. Si el AEP es aprobado, las nuevas condiciones (quitas, esperas) no benefician automáticamente a los avalistas, quienes podrían seguir respondiendo por la deuda original. Por eso, es recomendable que los avalistas también valoren iniciar sus propios procedimientos de insolvencia si no pueden hacer frente a estas obligaciones.

¿Las entidades financieras están obligadas a aceptar el Acuerdo Extrajudicial?

Los bancos y financieras no están obligados a aceptar inicialmente la propuesta, pero si se consiguen las mayorías necesarias (60% o 75% del pasivo según el tipo de medidas), el acuerdo se impone a todos los acreedores, incluidas las entidades financieras disidentes. Esto supone una gran ventaja frente a las negociaciones individuales, donde cada entidad puede bloquear cualquier solución.

Conclusión

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Incluir préstamos bancarios y financieras en un Acuerdo Extrajudicial de Pagos puede ser la solución que necesitas para salir de una situación de sobreendeudamiento. Este mecanismo legal te permite negociar desde una posición más favorable y obtener condiciones que hagan viable el pago de tus deudas o, en caso de imposibilidad, abrir la puerta a la cancelación total a través del concurso consecutivo.

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Si te encuentras asfixiado por deudas bancarias y no sabes por dónde empezar, no estás solo. Con el asesoramiento legal adecuado y actuando a tiempo, puedes encontrar una salida a tu situación financiera. Recuerda que cada día que pasa sin tomar medidas, tu situación puede complicarse más. Te animo a buscar ayuda profesional especializada para valorar si el AEP es la mejor opción en tu caso particular.

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Pablo Ródenas

Abogado ejerciente del ICAM con más de 15 años de experiencia. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, colegiado número de colegiado 128.064. Especializado en penal, familia e inmobiliario Actual Director del bufete Ródenas Abogados y Asociados S.L.U. Licenciado en Derecho por la Universidad Instituto de Estudios Bursátiles (I.E.B.) con Máster de Acceso a la Abogacía.

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